Los donativos que se hagan a la Fundació Comtal tendrán las desgravaciones fiscales siguientes:
Personas físicas:
- General: 40% sobre el importe del donativo en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas *.
- Donantes con más de dos años de antigüedad a la Fundació Comtal, con importe igual o superior cada año: 45% sobre el importe del donativo.
Y recuerda que para los 250€ primeros del importe total de donativos (a una o más entidades) la desgravación es del 80%.
* Límite de deducción: 10% de la base liquidable.
Personas jurídicas:
- General: 40% sobre el importe del donativo en la declaración del Impuesto sobre sociedades**.
- Donantes con más de dos años de antigüedad a la Fundació Comtal, con importe igual o superior cada año: 50% sobre el importe del donativo.
** Límite de deducción: 15% de la base liquidable.
Se reconoce como donativo deducible:
- La cesión gratuita de un bien mueble o inmueble durante un tiempo determinado.
Se incorporan las prestaciones de servicios gratuitas como mecanismo para colaborar con las entidades:
- Ayudas económicas previstas en los convenios de colaboración empresarial sean dinerarias o en especie.
- Prestaciones de servicios gratuitas previstos en los convenios de colaboración empresarial.
Importante: Para poder informar a la Agencia Tributaria del importe de tus donaciones es necesario que nos hayas facilitado teu DNI o NIF, así como tu domicilio. Si aún no lo has hecho, te podemos poner en contacto con nosotros en comtal@comtal.org o en el teléfono 932954636.