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Los donativos que se hagan a la Fundació Comtal tendrán las desgravaciones fiscales siguientes:

Personas físicas:

  • General: 40% sobre el importe del donativo ​en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas *.
  • Donantes con más de dos años de antigüedad a la Fundació Comtal, con importe igual o superior cada año: 45% sobre el importe del donativo.

Y recuerda que para los 250€ primeros del importe total de donativos (a una o más entidades) la desgravación es del 80%.
* Límite de deducción: 10% de la base liquidable.

Personas jurídicas:

  • General: 40% sobre el importe del donativo en la declaración del Impuesto sobre sociedades​**.
  • Donantes con más de dos años de antigüedad a la Fundació Comtal, con importe igual o superior cada año: 50% sobre el importe del donativo.

** Límite de deducción: 15% de la base liquidable​.

Se reconoce como donativo deducible:

  • La cesión gratuita de un bien mueble o inmueble durante un tiempo determinado.

Se incorporan las prestaciones de servicios gratuitas como mecanismo para colaborar con las entidades:

  • Ayudas económicas previstas en los convenios de colaboración empresarial sean dinerarias o en especie.
  • Prestaciones de servicios gratuitas previstos en los convenios de colaboración empresarial.

​Importante: Para poder informar a la Agencia Tributaria del importe de tus donaciones es ​necesario que nos hayas facilitado teu DNI o NIF, así como tu domicilio. Si aún no lo has hecho, te podemos poner en contacto con nosotros en comtal@comtal.org o en el teléfono 932954636.

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